
Ya está en vigencia la Ordenanza N°5337, sobre Gestión de Arbolado Urbano, sancionada a fines del año 2020 en el marco de un conjunto de políticas públicas de cuidado del ambiente que entre otras cosas, apuntan a preservar el arbolado existente e incrementarlo año tras año.
La norma, también promueve la producción y/o adquisición de árboles para los espacios públicos, prohibiendo la extracción, la poda, la tala y el daño al arbolado salvo en casos especiales que podrán consultarse. Para el caso de una tala autorizada, el solicitante deberá reponer dos o más árboles por cada uno removido.
La Ordenanza deja expresamente establecido que en Ituzaingó, es obligatorio forestar todas las veredas, ya sean de superficies edificados o de los denominados terrenos baldíos. Además, incorpora un plano local con relevamiento arbóreo, que debe presentarse antes de la construcción de viviendas multifamiliares, complejos residenciales, edificios en altura o grandes proyectos (emprendimientos comerciales y convenios urbanísticos), contemplando el arbolado en la vereda para integrarse a la infraestructura verde del distrito.